La mejor parte de inquilinos morosos
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Buenas mi problem es el posterior , se hicieron unas obras para acoplar contadores de agua y bombilla que no tenía la comunidad ,éramos tres propietarios y sólo dos pagamos los gastos por que el otro se negó, resulta que a posteriori de haberla reclamado la deuda en la última reunión que estuve siguió sin pagarme mi parte ,yo vendo el piso y seguí sin cobrar ,puedo denunciar a la comunidad para que me paguen mi parte que puse con sus intereses de demora ?Me se3viria un proceso monitorio pero que no soy ya propietaria? Gracias
El art. 815.2 de la LEC contiene una específico de estos procedimientos según la cual la notificación deberá realizarse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones y citaciones de toda índole relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios, y en su defecto, deberá intentarse en el piso o Circunscrito.
En primer zona, es conveniente hacer una notificación personal de la deuda, para tener constancia expresa de que el vecino está al corriente del estado de sus pagos.
¿Puedo denunciar al administrador de fincas por darme otro trato diferente al de los demás vecinos, no enviarme las actas y cuentas anuales, negarme la exposición de los libros y no dar partes al seguro?
Otras veces se han hecho trabajos para/por la comunidad y se han descontado deuda otros vecinos. En el momento de la demanda había varios vecinos con la misma deuda aproximadamente.
Buenos dias, me pregunta es la posterior: Acabo de encontrar en el jardin de mi casa una notificacion de recogida de documentacion del Magistratura. Aparentemente es un monitorio que ha inciado mi comunidad de propietarios contra mi. Deduzco que no estabamos en casa y lo pusieron bajo la verja del jardin y con el flato acabo en medio de jardin, donde lo acabo de encontrar ahora, casi 2 semanas despues de la aniversario que indica la entrega. Esto significa que aunque se da por comunicado y esta corriendo el plazo de los 20 dias o este plazo solo comienza en cuanto se me haya entregado el monitorio en si?
El documento acreditativo en el que conste haberse notificado al deudor, pudiendo igualmente hacerse de forma subsidiaria en el tablón de anuncios o zona visible de la comunidad durante un plazo de, al menos, tres díGanador.
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Hola buenos díTriunfador quería hacer una pregunta en mi comunidad debo una cantidad de unos 800 900 € el cual son de derramas y de dos cuotas de comunidad la pregunta es si yo no puedo pagarlo por cuestiones económicas tengo más gastos yo lo voy pagando la verdad cómo puedo y ellos lo saben han decidido denunciarlos por morosos si yo no puedo pagarlo que lo voy pagando poco a poco click here y nos denuncian actualmente tienen todas las de cobrar o demostrando que no lo puedo pagar abre alguna forma de parar
Normalmente, las comunidades de vecinos con morosos suelen utilizar para cobrar el denominado procedimiento monitorio. Se alcahuetería de un mecanismo justo que permite a los afectados cobrar deudas de carácter dinerario de forma rápida, no obstante que no se necesita ni abogado ni procurador y solo es necesaria la celebración de una presencia en presencia de el magistrado.
Cuando se inicie una certificación de deuda y un posible procedimiento contencioso para los deudores que tienen deuda irresoluto en el papel se deberá poner todos y cada uno de ellos, si no fuera Figuraí, el abogado de la parte afectada podría sostener que existe un agravio comparativo y echar por tierra la protesta por este hecho.
La LPH también recoge la posibilidad de añadir a la cantidad reclamada las cuotas aprobadas que se devenguen hasta la notificación de la deuda, Figuraí como todos los gastos y costes que conlleve la demanda de la deuda, incluyendo los derivados de la intervención del secretario administrador.
Que se dé por terminado el arreglo acertado al incumplimiento de la obligación de plazo del inquilino.
El Fichero de Inquilinos Morosos se retroalimenta de las incidencias informadas por profesionales inmobiliarios, propietarios particulares y sentencias judiciales. Es el primer registro de morosidad libre tanto a empresas como a particulares.